Política de derechos de autor y marcas comerciales

Política de Violación de Derechos de Autor y Marcas Comerciales

Si usted cree que material de terceros publicado por Desescolarizados infringe sus derechos de autor o derechos marcarios, sírvase presentar una notificación de violación enviando un correo a edularity@gmail.com. Sírvase leer la totalidad del presente documento antes de presentar una notificación.

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El 12 de octubre de 1998, el Congreso de los EUA aprobó la Ley de Derechos de Autor para Medios Digitales en el Nuevo Milenio (DMCA), firmada como ley por el presidente Bill Clinton el 28 de octubre. La ley implementa los dos tratados WIPO; también tiene disposiciones sobre asuntos relacionados con la era electrónica.

– Título I: La Ley WIPO para la Implementación de Tratados de Derechos de Autor, Interpretaciones y Fonogramas de 1998 enmienda la ley estadounidense a fin de extender la protección a las obras que así lo requieran bajo los tratados WIPO y para restablecer la protección de derechos de autor, en las mismas circunstancias, a las obras que provienen de los países miembros del WCT y el WPPT. Este título crea también nuevas prohibiciones para evitar la evasión de las medidas tecnológicas incorporadas a casi todo el software comercial a fin de proteger las obras amparadas con derechos de autor e impedir que se atente contra la integridad de la información referente a la administración de los derechos de autor.

WIPO MÉXICO

– Título II: La Ley para la Limitación de Responsabilidad por la Infracción de Derechos de Autor en Línea establece cuatro nuevas limitaciones a la responsabilidad de los proveedores de servicios en línea, en casos de infracción de derechos de autor. En forma específica, limita la responsabilidad de los proveedores de servicios en los siguientes casos:

– Cuando el proveedor actúa simplemente como un conducto de datos y transmite información digital de un punto a otro de una red a solicitud de otra persona;

– Por la práctica de retener, por tiempo limitado, copias de material que una persona diferente del proveedor ha proporcionado, y transmitirlas después a un suscriptor siguiendo las instrucciones de éste; el proveedor del servicio retiene el material para atender solicitudes ulteriores, en lugar de recuperar de nuevo el material desde su fuente original en la red;

– Por material violatorio contenido en páginas web alojadas en sus sistemas y por referir o enlazar a usuarios con una página que contenga materiales que impliquen infracción, ya sea por medio de hipervínculos, directorios en línea, motores de búsqueda y otras herramientas similares, si el proveedor no está enterado de que la actividad constituye una infracción, no recibe un beneficio financiero directo de ella y, si se le notifica, retira o impide el acceso a dicha información.

– Título III: La Ley para Garantizar la Competencia en el Mantenimiento de Computadoras amplía una exención existente en la Ley de Derechos de Autor de los Estados Unidos para permitir que el propietario o arrendatario de una computadora haga o autorice una copia de un programa de computadora, mientras repara o da mantenimiento a dicha máquina.

– Título IV: Disposiciones Diversas, contiene disposiciones que, entre otras cosas:

– Conceden una exención para realizar “grabaciones efímeras” (las que se realizan para facilitar una transmisión) permitiendo que una estación de radio transmita a partir de su nueva grabación, para no tener que manipular “sobre la marcha” los CD originales durante la transmisión;

– Requieren que el Registro de Derechos de Autor de los Estados Unidos recomiende al Congreso la forma de promover la educación a distancia por medio de tecnologías digitales, al tiempo que “mantiene un equilibrio apropiado entre los derechos de los dueños de derechos de autor y las necesidades de los usuarios”.

– Permite que las bibliotecas y archivos sin fines de lucro hagan hasta tres copias (que pueden ser digitales) de una obra, siempre que las copias digitales no se pongan a disposición del público fuera del predio de la biblioteca.

– Requieren que los “difusores de red” (los que hacen transmisiones digitales de grabaciones de sonido a través de la Internet, aplicando tecnologías depuradoras de audio) paguen cuotas de licencia a las compañías grabadoras.

Notificación de Violación de Derechos de Autor/Marcarios – Marco y requisitos

La Ley de Derechos de Autor de la Era Digital (“DMCA”) exige que los proveedores de hosting eliminen o desactiven el acceso a contenido potencialmente infractor al recibir una notificación que cumpla con determinados requisitos. Para el contenido publicado por Desescolarizados, la política de Desescolarizados es cumplir con las notificaciones que aleguen una violación de derechos de autor de conformidad con la DMCA. La sección 512 de la DMCA describe los requisitos para denunciar una violación de los derechos de autor ante los titulares de derechos de autor, así como también los requisitos para que la parte afectada presente una contestación. Desescolarizados aplica un marco similar para las alegaciones de violación de marcas registradas.

Enviamos una copia de cada notificación que recibimos al supuesto infractor, si corresponde. (Ver sección: medidas precautorias*)

Al presentar a edularity@gmail.com una notificación que alegue violación de marcas comerciales o derechos de autor, deberá proporcionar la siguiente información:

  1. Una firma electrónica o física (será suficiente escribir el nombre completo en un formulario de informe o en un correo electrónico) del titular de los derechos de autor o marcas comerciales o de una persona autorizada para actuar en representación del titular. Una descripción del material que usted reclama que ha sido infringido.
  2. Una descripción del material que usted afirma está siendo violado.
    a. Para derechos de autor, sírvase identificar y describir la obra protegida por derechos de autor y proporcione una dirección web donde podamos ver un ejemplo de la obra protegida por derechos de autor.
    b. Para derechos marcarios, incluya el fundamento para su reclamo, tal como un registro de marca comunitaria y cualquier número de registro pertinente, el país o jurisdicción y la descripción de los bienes y/o servicios para los cuales reclama derechos.
  3. La identificación del material que implicaría la violación, incluidas las direcciones de internet de dicho material en las aplicaciones, sitios web o servicios de Desescolarizados.
  4. La información de contacto, que incluya el nombre del titular de los derechos de autor o las marcas comerciales en disputa y su nombre, cargo, dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  5. Una declaración de buena fe donde se indique que el material que implicaría la violación no ha sido autorizado por el titular de los derechos de autor o las marcas comerciales, sus agentes o la legislación aplicable.
  6. Una declaración, so pena de condena por falso testimonio, donde indique que la información proporcionada en el aviso es precisa y que usted es el titular del derecho de autor o las marcas comerciales o la persona autorizada para actuar en representación de dicho titular.

*MEDIDAS PRECAUTORIAS

Pensando en la protección de los recursos y materiales de los instructores, y asumiendo que estos actúan de buena fe al enviar material original e inédito, Desescolarizados registra periódicamente el material publicado en esta plataforma bajo tecnología Blockchain para asignar una firma digital al curso, relacionándo los recursos y materiales con el nombre del Instructor.

Desescolarizados solamente registra el curso y los recursos en la cadena de bloques para asignar la firma digital y relacionar al Instructor y el curso. Esto no implica que Desescolarizados, sus empleados o miembros, a través de la tecnología de bloques, asuman y designen como autor del contenido al Instructor, por lo que Desescolarizados se deslinda de cualquier reclamo de alguna tercera persona o institución que reclame ser el autor intelectual del recurso o contenido total o parcial enviado por el Instructor.  El registro digital que se haya generado, simplemente demostrará que el Instructor es el responsable del envío y de señalar ser el autor intelectual de dicho contenido.

El Instructor, conocedor de esto, deberá actuar de buena fe y enviar a Desescolarizados únicamente contenido original, inédito y del que sea autor intelectual y/o que tiene el permiso por escrito del autor original del contenido/recurso que envía a Desescolarizados para su publicación.

Cualquier reclamo de violación de derechos de autor de una tercera persona o insitutución hecha a algún instructor de Desescolarizados, se hará a través de Desescolarizados (edularity@gmail.com) y Desescolarizados proporcionará la documentación con la firma digital/registro en Blockchain correspondiente a dicho curso, como prueba para que el reclamante y el instructor resuelvan la disputa directamente y se defina si alguna de las partes es la poseedora de los derechos del contenido y si la parte acusada ha actuado de buena o mala fe, ante la jurisprudencia que ambas parten definan.